El pasado 1 de abril comenzó la campaña de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2019. Aunque nos encontremos en una situación excepcional, los contribuyentes deben rendir cuentas con Hacienda.
Novedades en la Declaración de la Renta
Este año, hay varias novedades. Una de ellas es que se ha simplificado la identificación del domicilio fiscal del contribuyente, por lo que ya no aparecerá en la primera página del borrador como hasta ahora, sino que lo hará en un apartado separado del resto de la declaración.
La cumplimentación de los rendimientos de capital inmobiliario y las actividades económicas de estimación directa también se han simplificado, unificando toda la información relacionada con los inmuebles de los que el titular es contribuyente. En cambio, para aquellos que tengan que declarar la renta de inmuebles que hayan estado alquilados, el borrador desglosa los conceptos necesarios para calcular el rendimiento neto de capital.
Otra de las modificaciones en esta campaña es que hay un gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Es importante recalcar que tienen la obligación de presentar la declaración del IRPF quienes hayan obtenido rendimientos íntegros del trabajo por un importe superior a 22.000 euros procedentes de un mismo pagador; así como los que hayan percibido más de 14.000 euros anuales de varios pagadores, si la suma de las cantidades procedentes del segundo y restantes pagadores supera la cifra de 1.500 euros anuales.
Asimismo, el plazo de presentación de las declaraciones se extiende desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2020, ambos inclusive. Si el resultado es a ingresar y desee domiciliar esta cuota, la fecha límite es el 25 de junio. Los contribuyentes que quieran fraccionar este pago tendrán que realizar el segundo abono antes del próximo 5 de noviembre.
Otro de los datos de interés es saber que solo tienen derecho a la deducción por inversión en la vivienda habitual aquellos contribuyentes que compraron antes del pasado 1 de enero del año 2013. El límite es del 15% de las cantidades satisfechas para la adquisición, rehabilitación o construcción hasta un máximo de 9.040 euros anuales.
Beneficios fiscales en la Renta 2019 para las familias
La campaña de la declaración de este año incluye un aumento del importe de la deducción por maternidad, así como la subida completa de la deducción por familia numerosa.
Por ejemplo, los que hayan sido padres a lo largo de 2019 deben tener en cuenta que las prestaciones de maternidad o paternidad del régimen público de la Seguridad Social están exentas de declarar. Tampoco afectan a los límites que determinan de realizar o no esta Renta. En el caso de los funcionarios públicos es diferente porque las retribuciones percibidas en este concepto están exentas hasta el importe máximo reconocido por la Seguridad Social.
Las familias deben saber que no computan las exenciones en las rentas en especie vinculadas al gasto realizado en educación preescolar, infantil, primaria, secundaria, bachillerato y formación profesional.
Además, se ha aumentado hasta 1.000 euros adicionales el importe de la deducción por maternidad, incluso pueden ser 1.200 euros al año o 100 euros al mes si lo solicitas de manera anticipada. Esto es así siempre que el contribuyente tenga gastos en guarderías o centros de educación infantil de los hijos menores de tres años. Incluso en el ejercicio en el que el hijo menor cumpla tres años, este incremento también puede aplicarse sobre los gastos que se realicen hasta el mes anterior en que pueda comenzar el segundo ciclo de infantil.
Familias numerosas y monoparentales
Las familias numerosas podrán deducirse hasta 1.200 euros al año, lo que se eleva a 2.400 euros anuales si se trata de una familia numerosa de categoría especial, es decir, con cinco o más hijos. A esto hay que sumar la subida completa de la deducción por familia numerosa, de hasta 600 euros adicionales por cada uno de los hijos que exceda la cifra por la que se puede adquirir la condición de familia numerosa.
Como ves, son muchos datos los que hay que revisar antes de hacer la declaración de la Renta. Para ello, desde GoandGo te ofrecemos nuestra ayuda. Atendemos todo tipo de peticiones, ya sean individuales o conjuntas. Es obligación del contribuyente comprobar que todos los datos del borrador de la declaración son correctos. Por esta razón, nosotros te resolveremos estas dudas. Haremos un estudio para saber cuál es el modelo que más se corresponde a lo que te conviene.
Son muchos pequeños detalles los que se pueden pasar por alto, como la información de los inmuebles y sus referencias catastrales, las cuotas sindicales, los datos personales y familiares, los planes de pensiones, la deducción por inversión en vivienda habitual, la desgravación por alquiler y las deducciones automáticas.
En GoandGo, atenderemos todas estas consultas. Sabemos que es un procedimiento que es imprescindible resolver con atención. Ponte en contacto con nuestros asesores a través de nuestro correo electrónico y WhatsApp para empezar a trabajar en el estudio perfecto que más se ajusta a tus necesidades.